domingo, 23 de marzo de 2025

NO SE PERMITIRÁ TOMAR FOTOS NI VIDEOS EN UNIDADES DEPORTIVAS EN NEZA

Por: Antonio Martínez Cantellano

Se impone una nueva medida en las unidades deportivas del municipio de Nezahualcóyotl, en la que se prohíbe tomar fotos o videos en dichos lugares, a través de lonas, prohibiendo el ingreso a cualquier persona que pretenda tomar foto o video al interior de los complejos deportivos en Nezahualcóyotl. Esta decisión fue anunciada por Iván Gallegos, Subdirector del IMCUFIDENE (Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Neza). La medida se justifica por razones de privacidad y seguridad para los usuarios de estos espacios deportivos. Sin embargo, el trasfondo de la prohibición está relacionado con un incidente reciente del pasado domingo en que el periodista José Güero Cruz (20+) josé güero cruz - Resultados de búsqueda | Facebook fue detenido tras revelar el mal estado de las instalaciones deportivas mediante fotos y videos en redes sociales además de denunciar que lo detuvieron por grabar en el Deportivo y ser presentado al Juzgado Cívico.

La molestia de los directivos tras la difusión de imágenes que mostraban el deterioro de las instalaciones del deportivo Nezahualcóyotl, llevo a las autoridades municipales, tomaron la decisión de frenar la visibilidad de estos problemas, sin ningún fundamento jurídico. El argumento oficial es la protección de la privacidad y seguridad de las personas que asisten a estos centros, pero el tono del mensaje sugiere que hay una intención de ocultar o disimular las carencias de los espacios deportivos. Este enfoque podría verse como una estrategia para evitar críticas o presión social sobre la mala gestión de las instalaciones.

Ahora se instruye a los empleados y a los encargados de la seguridad de las unidades deportivas para que actúen rápidamente si observan a alguien tomando fotos o videos y sobre todo si son periodistas locales. Para que se les indique o informen a las personas y a comunicadores sobre la prohibición y que los canalicen a las oficinas del IMCUFIDENE. Esto revela un intento por parte de las autoridades locales de garantizar que la nueva política se cumpla de manera estricta, posiblemente para evitar que se difunda información negativa sobre las condiciones de los centros deportivos.

La decisión de prohibir fotos y videos puede ser vista como una restricción a la libertad de expresión y el derecho a la información. Aunque la medida se presenta como una protección para la privacidad y seguridad de los usuarios, también puede interpretarse como un intento de silenciar las críticas de los periodistas locales y evitar que los ciudadanos conozcan la realidad sobre el estado de las instalaciones públicas.

Esto genera una tensión entre los periodistas y las autoridades sobre la protección de la privacidad y el derecho a cuestionar, a criticar y publicar todo lo relacionado con los servicios públicos y exigir mejor calidad en los centros deportivos.

Desde una perspectiva política, la viabilidad de la medida depende de varios factores, incluidos el respeto a los derechos ciudadanos, la legalidad de la decisión y la forma en que se implementa. Si bien es cierto que los gobiernos tienen la facultad de regular el uso de espacios públicos, las restricciones a los derechos fundamentales deben ser proporcionales y justificadas.

En este caso, la prohibición de tomar fotos y videos podría considerarse excesiva si no se establecen excepciones razonables para el ejercicio de derechos básicos como la libre expresión y la participación ciudadana. Además, sería fundamental que el gobierno de MORENA, a través de su oficina de comunicación social, garantice que la medida no se convierte en un mecanismo de control de información periodística o de censura encubierta, lo cual sería lamentable.

A pesar de la medida restrictiva, los directivos mencionan que se está contemplando la remodelación y rehabilitación de los espacios deportivos en Nezahualcóyotl. Esto puede interpretarse como un intento de las autoridades de calmar las críticas, anunciando mejoras futuras. Sin embargo, también puede generar desconfianza en el gremio periodístico, ya que se está tomando una decisión restrictiva (la prohibición de fotos y videos) sin que se haya concretado la acción que realmente mejore las instalaciones.

Hay una acción gubernamental para controlar la información que publican y difunden los periodistas a través de las redes sociales, sobre el estado de los espacios públicos y evitar que los problemas se visibilicen de forma masiva. La prohibición de tomar fotos y videos puede verse como una medida autoritaria que prioriza la imagen del gobierno sobre el derecho de la ciudadanía a conocer y difundir la realidad sobre los servicios públicos. La promesa de remodelación es un intento por mitigar las críticas, aunque es probable que esta decisión genere más dudas y desconfianza entre los comunicadores, pues quien puede garantizar que no sean detenidos los periodistas al tomar fotos o videos.

Uno de los elementos más polémicos de esta medida es su posible afectación a la libertad de expresión. En su forma más básica, la toma de fotografías y videos es una manifestación de esta libertad. La posibilidad de capturar momentos públicos no solo permite a los ciudadanos documentar lo que sucede en su entorno, sino también compartirlo con otros, reflexionar sobre ello e incluso generar debate, de que si los periodistas puedan tomar fotos y videos a instalaciones, dependencias o a funcionarios públicos o a los policías y que por esta razón puedan ser llevados ante una autoridad, como si hubieran cometido un delito o una falta a la autoridad.

Al imponer una restricción tan amplia, sin un marco jurídico claro que justifique las razones detrás de la medida, se corre el riesgo de que se esté limitando el derecho de las personas a expresarse libremente, en un espacio que, aunque administrado por el gobierno, se considera público. Las leyes que protegen la libertad de expresión establecen que cualquier limitación a este derecho debe estar claramente fundamentada en el bando municipal o en las leyes municipales, en razones de seguridad, orden público o protección de derechos ajenos, sin que ello implique una censura de contenidos.

 

 

sábado, 1 de marzo de 2025

ANÁLISIS JURÍDICO SOBRE LA PROFESIONALIZACIÓN DEL PERIODISMO Y PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5 DE LA CONSTITUCIÓN

Por: Antonio Martínez Cantellano

Este análisis se da en el marco del segundo foro para las reformas a la ley de protección a periodistas, con el tema: profesionalización y capacitación.

Introducción

En México, el periodismo es una actividad esencial para el ejercicio de los derechos fundamentales de libertad de expresión y derecho a la información, consagrados en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. No obstante, a pesar de este reconocimiento y la existencia de una formación académica estructurada para los periodistas, la carrera de periodismo no está incluida en el listado de profesiones reguladas por el Estado en la Ley Reglamentaria del Artículo 5 de la Constitución. Esta omisión legal impacta negativamente en la profesionalización de la práctica periodística, así como en su regulación adecuada, impidiendo un pleno ejercicio de derechos y responsabilidades tanto de los periodistas como de las instituciones que los emplean.

Definición de Profesión:

Una profesión requiere una preparación académica especializada en un área determinada. En este caso, la carrera de periodismo, que es impartida en diversas universidades del país y reconocida por las instituciones educativas y del Estado, debe considerarse dentro de las profesiones que requieren una formación formal y su inclusión en la legislación correspondiente.

Planteamiento del Problema:

¿Por qué la Ley de Profesiones no incluye al periodismo en su listado de carreras, si ya existe un reconocimiento legal que contempla la entrega de un título y cédula profesional para esta disciplina?

Hipótesis:

La profesionalización del periodismo resulta inviable sin un proyecto estatal que incorpore esta carrera dentro de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional. Específicamente, se debe reformar el segundo articulado transitorio de dicha ley para integrar al periodismo como una de las profesiones reguladas. Actualmente, la ley establece que 23 carreras requieren título para su ejercicio, pero no menciona al periodismo, a pesar de contar con formación académica, títulos y cédulas reconocidas legalmente. 

Objetivo General:

El objetivo es obtener el respaldo del Estado para implementar una reforma a la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional. Esta reforma debería formalizar al periodismo como una profesión, reconociéndola como tal ante la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Profesiones, integrándola a la legislación vigente.

Marco Jurídico Actual y Necesidad de Reconocer la Profesionalización del Periodismo

El Artículo 5 de la Constitución Mexicana establece que el ejercicio de las profesiones se regula a través de una ley específica. La Ley Reglamentaria de dicho artículo estipula que ciertas carreras requieren título profesional y cédula para su ejercicio, pero omite al periodismo, a pesar de que esta disciplina ya está formalmente reconocida por las universidades del país. El Artículo 24 de la Ley Reglamentaria establece que el ejercicio profesional es la realización habitual de actos propios de una profesión, ya sea de manera onerosa o gratuita, siempre y cuando se cuente con un título registrado y una cédula profesional. Sin embargo, al no estar incluido el periodismo, esta actividad queda fuera del marco regulatorio, generando un vacío legal en cuanto a los derechos y responsabilidades de los periodistas como profesionales.

Implicaciones de la Exclusión del Periodismo en la Ley Reglamentaria

La exclusión del periodismo de la Ley Reglamentaria conlleva diversas consecuencias:

Falta de Protección Laboral: Al no ser reconocidos como profesionales, los periodistas carecen de una regulación adecuada que garantice sus derechos laborales. Esto puede derivar en situaciones de explotación, como la falta de contratos formales en el caso de los freelance o periodistas independientes, quienes no gozan de prestaciones sociales ni de estabilidad laboral.

Desigualdad Profesional: La ausencia de una regulación precisa fomenta la desorganización del sector, lo que dificulta la existencia de un control sobre la formación académica y la calidad del ejercicio profesional. Esto permite que algunas personas ejerzan el periodismo sin los estándares éticos y técnicos que se requieren en una verdadera profesión.

Impunidad y Desinformación: Sin un marco normativo claro que regule el ejercicio del periodismo, es posible que se difunda información errónea o manipulada, lo que puede afectar gravemente a la sociedad y al acceso a una información veraz y objetiva.

Propuesta de Reforma a la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional

La reforma propuesta tiene como fin incluir al periodismo en la lista de profesiones reguladas por el Estado, lo que garantizaría que los periodistas reciban las mismas garantías laborales, educativas y profesionales que los demás trabajadores de profesiones reguladas.

Propuesta de Reforma:

Se propone una reforma a los artículos transitorios, segundo transitorio de la Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional, que contemple la inclusión de la Licenciatura en Periodismo entre las profesiones que requieren título universitario y cédula profesional para su ejercicio. Actualmente, aunque ya se expide un título y cédula a los periodistas, la carrera no se encuentra en la lista de profesiones reguladas. Por lo tanto, la reforma debe añadir al periodismo en el listado de profesiones y establecer que los periodistas tengan acceso a los beneficios que otorgan la ley y las autoridades correspondientes.

Texto Modificado del  Artículo Transitorio, segundo:

SEGUNDO.- En tanto se expidan las leyes a que se refiere el artículo 2° reformado, las profesiones que en sus diversas ramas requieren título para su ejercicio son las siguientes:

- Actuario

- Arquitecto

- Biólogo

- Cirujano dentista

- Contador

- Corredor

- Enfermero

- Ingeniero

- Licenciado en Derecho

- Licenciado en Economía

- Médico

- Médico Veterinario

- Notario

- Profesor

- Químico

- Trabajador Social

Se propone adicionar a esta lista:

- Licenciado en Periodismo

Es importante señalar que algunos periodistas ya cuentan con una cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y que su ejercicio está regulado por normas éticas que rigen en algunos medios de comunicación. Sin embargo, cuando los periodistas trabajan de manera independiente, fuera del ámbito de estos medios, no se rigen por esas mismas normas, lo que contribuye a una crisis en los valores éticos de la profesión.

Justificación de la Reforma

La reforma es necesaria para asegurar que los periodistas reciban la formación académica adecuada y para evitar que personas sin la preparación correspondiente ejerzan una actividad esencial para la democracia, como lo es el periodismo. Además, la inclusión del periodismo en la Ley Reglamentaria garantizará que se respeten los derechos laborales de los periodistas y se regule su ejercicio profesional, promoviendo un estándar de calidad en la información que se presenta a la sociedad. Esto contribuirá al acceso a información veraz, imparcial y objetiva, fortaleciendo el ejercicio de la democracia y los derechos humanos fundamentales.

Conclusión 

El reconocimiento del periodismo como una profesión regulada es fundamental para su desarrollo y la protección de quienes la ejercen. La reforma propuesta permitirá que los periodistas accedan a los beneficios laborales, educativos y profesionales que les corresponden, garantizando el ejercicio responsable y ético de una de las actividades más relevantes para el funcionamiento democrático de México.